01-07-2026
NOTA INFORMATIVA SOBRE EL PLAN DE EMPLEO
Información sobre la reciente contratación de un Peón de usos múltiples enmarcado dentro del Plan de Apoyo Activo al Empleo concedido por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Estimados vecinos,
A efectos INFORMATIVOS, el Ayuntamiento hace saber, que el proceso de selección correspondiente al PLAN DE EMPLEO 2026 promovido por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (JCCM) fue finalizado el pasado mes de junio.
El proceso, como en años anteriores y desde el año 2023, se ha llevado a cabo siguiendo estrictamente los criterios habituales de objetividad, transparencia y rigurosamente conforme a la normativa vigente y presidido por los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia.
Es importante enfatizar que la participación de todas las candidaturas ha sido completamente abierta y transparente y su evaluación llevada a cabo por el SEPE, y no por este Ayuntamiento, y se ha regulado bajo criterios objetivos y con total imparcialidad, y de conformidad con:
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El artículo 103 de la Constitución Española, que establece que la Administración Pública debe actuar con objetividad y servir con eficacia los intereses generales.
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La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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El Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), especialmente en lo relativo a los principios de acceso al empleo público.
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La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que garantizan la legalidad y transparencia del procedimiento.
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La Orden reguladora y convocatoria anual del Plan de Empleo de la JCCM aplicable a las entidades locales.
Adicionalmente se informa que:
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La selección de las personas participantes se ha realizado conforme a los criterios fijados por la JCCM y, con intervención de los servicios públicos de empleo (SEPE).
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El Ayuntamiento no ejerce discrecionalidad alguna en la elección de candidatos, limitándose a aplicar las bases y resoluciones establecidas por la convocatoria.
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El proceso ha estado abierto a todas las personas que pudieran cumplir los requisitos (disponer de carné de conducir, estar en situación de desempleo e inscritos en la Oficina de Empleo, entre los condicionantes imprescindibles), garantizando el acceso en condiciones de igualdad y sin discriminación alguna conforme al art. 14 de la Constitución Española.
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No existe exclusión por razones ni relaciones personales, de parentesco o familiares, pudiendo participar cualquier persona siempre que se respeten los principios de imparcialidad, objetividad y ausencia de conflicto de intereses, conforme a la normativa vigente.
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Todo el procedimiento se desarrolla con plenas garantías legales y control administrativo y fiscalización de Secretario Interventor.
Como conocéis, se ha animado desde "Aranzueque Informa", Web del Ayuntamiento y sede electrónica a consultar las bases de la convocatoria y presentar su solicitud en tiempo y forma. Sin embargo, es importante informar que, a menos de 24 horas para cumplirse el plazo para la presentación de candidaturas, no se había presentado instancia alguna, razón por la que tuvimos que enviar un recordatorio ante el riesgo de quedarse la convocatoria desierta y perder esta subvención de la JCCM.
Finalmente, y dentro del plazo, se presentaron únicamente 7 instancias, de las que tres, no contaban con el requisito de contar con el permiso de conducción de vehículos para poder utilizar la maquinaria y camión del Ayuntamiento, que fueron remitidas directamente al SEPE.
En fecha 26/06/2026 fue aprobado el LISTADO cerrado, baremado y priorizado remitido por la Comisión de Valoración de la Oficina de Empleo de Guadalajara para proceder a la contratación temporal en la modalidad de obra o servicio determinado para la obra de "mantenimiento del entorno rural" con número de oferta 07 /2026 /003705 con una duración máxima de seis meses desde la fecha de inicio de contrato (29/06/2026) con un salario bruto igual al Salario Mínimo Interprofesional. Este listado es totalmente vinculante para el Ayuntamiento y no permite discrecionalidad real pudiendo perder la subvención si se incumple.
Tras ejecutar el listado priorizado mandado por la oficina de empleo, y tras haber presentado en fecha 25/06/2026 renuncia el candidato que le precedía en dicho listado, se procedió a la contratación de la trabajadora seleccionada en el NÚMERO DE ORDEN 2.
De todo este proceso, dio FE, la secretaria Interventora en comisión de servicio Dña. Sara Llamas el 30 de junio de 2026.
Para la confirmación de lo expuesto y comprobación de la trazabilidad de todo el proceso y del expediente, nos ponemos a la entera disposición de cualquier interesado que quiera consultarlo, previa solicitud de cita previa.





